Desde el 1 de enero de 2011, los padres pueden solicitar una reducción de jornada laboral, con derecho a prestación por cuidado de hijos menores aquejados de enfermedad grave y en el caso en que ambos progenitores estén trabajando. La base legal la podéis encontrar en la Disposición Final Vigésimo Primera y Vigésimo Segunda de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre de los Presupuestos Generales del Estado.
Así mismo, los términos de reducción de jornada para el cuidado de hijos con enfermedad grave están recogidos en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores y en el 38.1c) y 135 quater de Ley General de Seguridad Social.
De este modo se pretende ayudar a las familias cuyos padres se ven obligados a disminuir su jornada para el cuidado de sus hijos menores enfermos y ofrecerles una compensación por las pérdidas económicas que ello les reporta en relación con la disminución que sufren sus salarios al ver reducida su jornada laboral.
Los padres podrán percibir las ayudas cuando su jornada se vea reducida al menos en un 50% de su duración habitual y el subsidio consistirá en el 100% de la base reguladora establecida para la prestación por Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Profesionales y en proporción con la reducción de jornada experimentada.
La documentación necesaria para realizar la solicitud, así como toda la información que necesitáis al respecto, la podéis encontrar en la página de la Seguridad Social, tanto si pertenecéis al Régimen General como al Régimen Especial.