Con el bebé en casa, siempre falta tiempo y ganas para realizar todo el papeleo que supone la llegada al mundo de una nueva persona. Pero nuestro hijo tiene que ‘existir’ para la administración, y esta exige que se realicen ciertos trámites en tiempo y forma.
Para que no resulte tan molesto, si se puede, conviene adelantar cierto trabajo. En las últimas semanas de embarazo, la pareja puede informarse de los trámites necesarios; buscar la documentación y apuntar los plazos de presentación y las direcciones y horarios a los sitios donde habrá que ir. Incluso se pueden ir rellenando alguno de los formularios -la mayoría se pueden descargar por Internet-, para que luego solamente haya que entregarlos en las oficinas correspondientes.
Hay que inscribir al niño en el Registro Civil del lugar donde haya nacido, o en el de la localidad donde estén empadronados los padres, si es que es diferente. En este caso deben acudir al Registro ambos padres con los certificados de empadronamiento y un parte del hospital que acredite que el recién nacido no ha sido inscrito en el municipio donde está ubicado el centro sanitario (tienen que ir los dos progenitores). Es necesario acreditar el domicilio con algún documento. Si los padres no viven juntos, tendrán que inscribir al bebé en la localidad donde nació.
Para la inscripción en el Registro Civil deben acudir ambos progenitores en caso de no estar casados. Si lo están, no es necesario, salvo que el niño nazca en otra localidad. Puede hacerlo uno de ellos o un familiar presentando el DNI, la tarjeta de residencia o pasaporte de los padres, el Libro de Familia y la Declaración del Nacimiento del Recién Nacido que se entrega antes de abandonar la maternidad.